En esta entrada os ofrecemos una selección de noticias en calidad e inocuidad, además de novedades legislativas de las últimas semanas. Noticias como la aprobación del RD de controles oficiales siguen estando de actualidad con la publicación de un documento de preguntas y respuestas por parte del ministerio, importantes novedades en el etiquetado de aceites, así como las últimas alertas por Listeria, entre otros temas de actualidad.
Publicación del reglamento UE 2025/1447 que modifica el reglamento 2019/627 controles oficiales/marcado sanitario
El 10 de agosto de 2025 ha entrado en vigor el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1447 de la Comisión, de 18 de julio de 2025, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627, por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Su objetivo es adaptar y clarificar disposiciones prácticas para garantizar la coherencia normativa tras los recientes cambios en la legislación alimentaria y de sanidad animal de la Unión Europea.
El texto amplía el alcance de los controles oficiales, que hasta ahora se centraban en los mataderos, para incluir también a los establecimientos de manipulación de caza. Esto responde a la autorización de sacrificio en origen de ratites y mamíferos de caza de cría, así como de determinados ungulados domésticos. Además, se clarifican las responsabilidades del veterinario oficial frente a otros representantes de la autoridad competente, especialmente en la verificación de la información sobre la cadena alimentaria durante las inspecciones ante mortem.
Otro aspecto destacado es la flexibilización de los procedimientos de inspección post mortem, de modo que las incisiones y palpaciones solo se realicen cuando existan indicios de riesgo sanitario o de bienestar animal, reduciendo así el riesgo de contaminación cruzada. Asimismo, se actualizan referencias legales en materia de tuberculosis, brucelosis y enfermedades transmisibles, armonizando las obligaciones con los Reglamentos (UE) 2016/429 y 2020/687.
El reglamento también introduce cambios en materia de marcado sanitario, adaptando las siglas a la “Unión Europea” (UE) en lugar de la antigua “Comunidad Europea”(CE), con un período transitorio hasta 2028.
Igualmente, se menciona artículos relativos a sacrificios de urgencia, auditorías, información engañosa en la cadena alimentaria y bases de datos de control.
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A continuación el enlace al Reglamento de la Comisión:
Documento de preguntas y respuestas sobre el RD 562/2025, controles oficiales
La AESAN publicó en el mes de agosto un documento de preguntas y respuestas para resolver dudas a los operadores y control oficial. Como os informamos el mes pasado, se ha publicado el nuevo Real Decreto 562/2025 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados sobre la cadena agroalimentaria y operaciones relacionadas.
El documento “FAQ controles oficiales” tiene como finalidad aclarar, en formato de preguntas frecuentes, diversos aspectos relacionados con la aplicación de los controles oficiales en materia alimentaria dentro del marco normativo de la Unión Europea. La guía responde a la necesidad de dotar de mayor transparencia, comprensión y homogeneidad a los operadores y a las autoridades implicadas en la seguridad alimentaria, facilitando la interpretación práctica del Reglamento (UE) 2017/625 sobre controles oficiales.
En su desarrollo, el texto aborda cuestiones clave sobre el alcance de los controles, explicando que abarcan todas las fases de la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta la distribución y comercialización. Se detallan los objetivos de dichos controles, que incluyen verificar el cumplimiento de la legislación en materia de seguridad alimentaria, trazabilidad, etiquetado y bienestar animal. Asimismo, se clarifica el papel de las distintas autoridades competentes y la coordinación necesaria entre Estados miembros para garantizar un enfoque uniforme. El documento también resuelve dudas sobre los procedimientos de inspección, explicando cómo se realizan las auditorías, qué tipo de documentación se exige a las empresas y cuáles son las obligaciones de los operadores durante los controles. Igualmente, se especifican las posibles medidas correctoras y sancionadoras en caso de incumplimiento, así como las vías de recurso disponibles. Una parte relevante se dedica a la transparencia, informando de la publicación de resultados y del derecho a la información de los consumidores.
El documento de la AESAN, en el siguiente enlace:
Nueva norma de calidad de aceites vegetales comestibles (RD 351/2025)
El Real Decreto 351/2025, de 30 de abril (publicado en el BOE el 17 de mayo de 2025) marca una reforma histórica de la regulación de los aceites vegetales comestibles en España, reemplazando la normativa vigente desde 1983. Ha entrado en vigor el 4 de agosto de 2025.
Esta norma surge como respuesta a los avances tecnológicos, demandas del mercado y la necesidad de equiparar la normativa nacional con el marco europeo.
Los principales cambios son:
- Ampliación de materias primas: se permite la producción y comercialización de aceites a partir de cualquier fruto o semilla autorizada en la UE, frente a las ocho permitidas anteriormente.
- Aceites de presión: se autorizan por primera vez aceites obtenidos solo mediante métodos mecánicos, que deberán etiquetarse como “aceite de … de presión”.
- Etiquetado y denominaciones claras: cada aceite debe indicar si es refinado o de presión y su especie vegetal.
- En mezclas, señalar el porcentaje del destacado y si alguno es refinado.
- Se admiten menciones como “alto oleico” cuando estén justificadas.
- Protección del aceite de oliva:
- Las denominaciones “virgen” y “virgen extra” se reservan exclusivamente al aceite de oliva y orujo.
- Las nuevas instalaciones no podrán elaborar simultáneamente aceites vegetales y de oliva.
- Actualización técnica: se revisan parámetros fisicoquímicos y métodos de análisis, se eliminan aspectos ya regulados en normativa europea y se derogan normas históricas como el RD 308/1983 y partes del Código Alimentario Español.
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Te dejamos a continuación el enlace al BOE:
Jornada bisfenol A en la AESAN
El próximo 7 de octubre la AESAN celebrará una Jornada sobre bisfenol A: “Avanzando hacia envases más seguros” en el Aula 1 del Edificio 53 del Campus de Majadahonda del Instituto de Salud Carlos III.
Se trata de un evento presencial, dirigido a profesionales del sector alimentario con el cual se pretende informar sobre los recientes cambios normativos relativos a esta molécula que se ha venido utilizando ampliamente en materiales y objetos destinados al contacto con alimentos. Su uso que se ha prohibido en la gran mayoría de casos y limitado, de manera extrema, en unas pocas excepciones.
Para profundizar en el conocimiento sobre la misma, la aplicación de la nueva normativa y los avances en el conocimiento sobre posibles alternativas, se contará con la participación de profesionales de alto rango vinculados a los materiales en contacto con alimentos, quienes a lo largo de la mañana explicarán y responderán a cuestiones sobre este tema, con la finalidad de brindar a los asistentes un foro de debate y una oportunidad para solventar las dudas que pudieran tener.
El plazo para apuntarse a las jornadas finaliza el 29 de septiembre de 2025.
Aquí tienes el programa completo de la jornada:
En verano la listeria sigue activa: alerta en agosto en quesos franceses
En agosto de 2025 la AESAN emitió varias alertas sanitarias por la detección de Listeria monocytogenes en quesos de origen francés. Estas alertas se enmarcan en un brote detectado en Francia y se trasladaron a España a través de la red RASFF y el sistema SCIRI.
Productos afectados :
- Camembert du caractère vieux porche (250 g), caducidad 15/08/25 y 27/08/25.
- Queso Brie Royal Faucon (1 kg x 2), caducidad 01/09/25.
- Brie Meule (marca Mariotte), lotes con caducidad 18/08/25, 28/08/25 y 01/09/25.
Distribución inicial: Madrid, País Vasco y Baleares, con posible redistribución a Andalucía, Aragón, Cantabria, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana.
Recomendaciones sanitarias
- No consumir los productos afectados.
- Si se han consumido y aparecen síntomas compatibles con listeriosis, acudir a un centro de salud.
- Recomendaciones específicas para embarazadas: evitar consumo de quesos blandos de riesgo.
Origen y contexto
La alerta se vincula a un brote de listeriosis en Francia. La AESAN recibió la información a través de la Red de Alerta Alimentaria Europea (RASFF), difundiéndola en España mediante el SCIRI para coordinar la respuesta de las comunidades autónomas.
Conclusiones principales
1. Los quesos de pasta blanda como camembert y brie son especialmente vulnerables a Listeria.
2. La amplia distribución en España aumentó el riesgo poblacional.
3. Los sistemas de alerta RASFF y SCIRI funcionaron de forma eficaz.
4. La comunicación clara al consumidor y la atención a embarazadas son esenciales.
Acción recomendada
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¿Es seguro comer atún por el mercurio que puede contener?
Se ha publicado en los medios de comunicación que siete ciudades francesas: París, Lyon, Lille, Grenoble, Montpellier y Rennes (que suman unos 3,5 millones de habitantes); han prohibido el atún y productos derivados en los comedores escolares alegando preocupaciones sobre la salud infantil.
Aunque dichos productos cumplen la normativa actual, estas autoridades aplican el principio de precaución ante posibles riesgos relacionados con la presencia de mercurio en estos productos.
– La decisión se fundamenta en un estudio de las ONG Bloom y Foodwatch, que analizó aleatoriamente 148 latas de atún en conserva, encontrando mercurio en todas ellas, y en más de la mitad los niveles superaban los 0,3 mg/kg, límite aplicable a otros pescados como anchoas o bacalao.
– Según la normativa europea, el límite de mercurio para atún fresco es de 1 mg/kg, lo que equivale a 2,7 mg/kg en conserva debido a la concentración que genera la deshidratación.
– Las autoridades locales han declarado que mantendrán la prohibición hasta que los límites de mercurio se equiparen a los de otros pescados, es decir, 0,3 mg/kg.
– La OMS considera el mercurio como una de las diez sustancias químicas más peligrosas para la salud, especialmente en niños.
– La industria conservera ha respondido que sus productos cumplen la normativa vigente y ha cuestionado la metodología del estudio, señalando que sus análisis internos muestran niveles de mercurio tres veces inferiores al umbral legal.
Esta medida subraya una discrepancia entre los estándares actuales y un enfoque más cauteloso en la protección de grupos vulnerables como los niños.
Aunque la normativa europea permite niveles más altos de mercurio en atún en conserva, el argumento de las autoridades francesas es que dichos límites no garantizan suficiente protección.
La resolución marca un precedente relevante sobre cómo se pueden aplicar criterios sanitarios más estrictos de manera preventiva, incluso cuando los productos están regulados. Mientras tanto, la industria insiste en que sus prácticas son seguras y respaldadas por controles oficiales.
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A continuación os dejamos la información existente del pescado y el mercurio en la web de la AESAN.