Noticias en calidad e inocuidad en julio de 2025

Os ofrecemos las noticias y novedades legislativas en gestión de la calidad e inocuidad alimentaria recogidas y resumidas en esta entrada. Noticias como la aprobación del RD de controles oficiales en la cadena agroalimentaria, nuevas sustancias aprobadas para limpieza y desinfección o las últimas alertas alimentarias notificadas en el RASFF.

En el BOE 158 de 2 de julio se ha publicado el Real Decreto 562/2025 del Ministerio de la Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados sobre la cadena agroalimentaria y operaciones relacionadas. La norma entró en vigor el viernes 3 de julio.

La revisión de la anterior normativa nacional sobre controles oficiales tiene por objeto incorporar los avances tecnológicos y científicos que se han producido desde la anterior normativa, como la informatización de la Administración, los adelantos científicos y los requisitos aplicables a los laboratorios de control oficial.

También se pretende reducir la carga burocrática; facilitar la digitalización de todos los procesos y una mayor transparencia hacia la ciudadanía; modernizar la actuación de los servicios de control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria; y dar respuesta a las nuevas exigencias de la sociedad, como la mayor demanda de información o el auge del comercio de alimentos y otros productos a través de páginas web o las redes sociales.

El nuevo Real Decreto incorpora los criterios de control recogidos en la legislación europea, poniendo especial atención en la toma de muestras y análisis y en los requisitos aplicables a los laboratorios oficiales.

Asimismo, establece la comunicación al público en caso de incidentes o situaciones de riesgo para la salud humana, animal, vegetal o para el medio ambiente, así como las posibles medidas a adoptar en situaciones de sospecha, incumplimiento o situaciones de riesgo.

Objetivos del Real Decreto:

  • Establecer los requisitos para llevar a cabo controles y otras actividades oficiales “in situ” y a distancia.
  • Establecer el procedimiento para la toma de muestras y análisis, contemplando las mejoras técnicas de los laboratorios y buscando la simplificación del procedimiento.
  • Establecer obligaciones de transparencia a la Administración.
  • Establecer reglas contra el fraude.
  • Consolidar las comunicaciones entre las diferentes autoridades competentes.

Ámbito de aplicación:

El Real Decreto aplica a toda la cadena alimentaria y operaciones relacionadas: alimentos y piensos, salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, vinos amparados por denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida, productos fertilizantes, condiciones higiénico-sanitarias en medios de transporte internacional e instalaciones de los puestos de control fronterizo, instalaciones de los recintos portuarios y aeroportuarios y prácticas fraudulentas o engañosas.

Este nuevo Real Decreto deroga expresamente el anterior Real Decreto 1945/1983 y sus sucesivas modificaciones. Y modifica diversa normativa sobre higiene de los alimentos.

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A continuación el enlace al RD en el BOE:

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1260 de la Comisión, publicado en DOUE el 27 de junio de 2025.

Este reglamento aprueba una nueva sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 2 (desinfectantes y alguicidas no aplicados directamente a personas o animales), conforme al Reglamento (UE) n.º 528/2012. 

Se trata del ácido peracético generado a partir de acetato de 1,3-diacetiloxipropan-2-ilo y peróxido de hidrógeno, con aplicación en ámbitos industriales y profesionales.

Desarrollo y requisitos técnicos:

  • Sustancia activa: El ácido peracético no se suministra como tal, sino que se genera in situ mediante la reacción de triacetina (precursor con pureza mínima del 88,3 % p/p) y peróxido de hidrógeno (sin requisito de pureza mínima).
  • Concentración: El contenido de ácido peracético en el producto oscila entre 0,011 % y 4,39 % p/p.
  • Evaluación técnica: Austria actuó como Estado miembro ponente. El Comité de Biocidas de la ECHA emitió un dictamen favorable el 27 de noviembre de 2024, destacando su eficacia y seguridad bajo condiciones controladas.
  • Condiciones específicas de uso:
    • En la autorización de biocidas se deberá evaluar con especial atención los riesgos de usos no contemplados en la evaluación de sustancia activa a nivel de la UE.
    • Se dará prioridad a la evaluación de riesgos para usuarios industriales y profesionales.
  • Identificadores: Actualmente, no se dispone de número CAS ni CE para esta sustancia generada in situ.

Fechas clave:

  • Entrada en vigor del reglamento: 20 días tras su publicación en el DOUE
  • Aprobación efectiva: 1 de febrero de 2027
  • Expiración: 31 de enero de 2037

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El documento de la comisión, en el siguiente enlace:

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del martes 29 de julio, se ha publicado la Ley 7/2025, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. Una propuesta normativa que no llegó a tramitarse en la pasada legislatura.

Entre las funciones de la nueva Agencia figuran la vigilancia, identificación y evaluación del estado de salud de la población y sus determinantes, así como de los problemas, amenazas y riesgos en materia de salud pública, prestando especial atención a las desigualdades sociales en la salud.

También será el órgano que contribuya a la preparación y respuesta del sistema sanitario frente a futuras emergencias de salud pública, elaborando planes de preparación y respuesta ante alertas, riesgos, amenazas actuales y emergentes para la salud humana.

En su función de asesoramiento y evaluación, reforzará la coordinación con las instituciones de Salud Pública, impulsando el trabajo en red y contribuirá al diseño y evaluación de políticas One Health. Este enfoque reconoce que la salud de las personas, la de los animales domésticos y salvajes, las plantas y el medio ambiente están estrechamente relacionados y son interdependientes, interpelando a múltiples sectores, disciplinas y comunidades en diversos niveles de la sociedad a trabajar conjuntamente para promover la salud y el bienestar, así como para neutralizar las amenazas para la salud y los ecosistemas.

Por último, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) seguirá adscrita al Ministerio de Consumo, tras su salida del organigrama del Ministerio de Sanidad en la anterior legislatura de gobierno.

Conocer la metodología y los modelos de evaluación de riesgos es fundamental en un sistema de gestión de calidad e inocuidad alimentaria: Fundamentos de la evaluación de riesgos.

En junio de 2025 se han notificado 124 alertas a través del Sistema de alerta rápida para alimentos y piensos europeo (RASFF).

En primer lugar están las diez incidencias por presencia de salmonella en carne y productos de aves de Polonia. Le siguen las relativas a las semillas de sésamo, de distintos orígenes, siendo el sujeto de numerosos problemas.

La tabla con información ampliada en el enlace siguiente: 

En el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 3 de julio se ha publicado una modificación, de menor importancia, del Pliego de Condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Morcilla de Burgos».

Se trata de un producto cárnico embutido y cocido en cuya elaboración se utilizan como ingredientes la cebolla horcal, manteca o sebo de cerdo, arroz, sangre, especias y sal. Precisamente el uso de la cebolla horcal es lo que le configura unas características específicas y diferentes del resto de morcillas elaboradas en España.

Entre las diferentes modificaciones, han variado los porcentajes de los ingredientes utilizados para adaptar las características del producto a las presentaciones que demanda el mercado.

Se incrementa el diámetro máximo de la morcilla hasta 150 mm debido a que la tripa natural de ciego de cerdo es irregular y presenta una gran variabilidad en cuanto a su forma y diámetro (en el pliego actual el diámetro oscila entre 30 a 100 mm).

También se reduce unas décimas el límite inferior del intervalo de pH de 6 hasta 5.8. Esta modificación está motivada por la influencia de la cebolla horcal en este valor, ya que porcentajes más altos de contenido en cebolla horcal se correlacionan con valores más bajos de pH.

Por último, también se modifican otros parámetros físico-químicos como el contenido de humedad, el contenido de azúcares, grasa y fibra, así como el modo de presentación.

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Enlace documento en el Diario Oficial de la Unión Europa:

En el Diario Oficial de la UE del miércoles 31 de julio, se ha publicado el Reglamento 2025/1530, por el que se autoriza la comercialización del tricloruro de magnesio y potasio hexahidratado como nuevo alimento.

El nuevo alimento es una sal mineral que se compone principalmente de tricloruro de magnesio y potasio hexahidratado. Se trata de un producto cristalino de color blanco o blanquecino, de grano fino, ligeramente higroscópico, con un sabor salino característico. Se produce a través de un proceso de cristalización en varias fases por evaporación solar del agua del mar Muerto.

Dicho sustituto de la sal, que deberá indicarse en el etiquetado como “sal mineral de magnesio y potasio”, está autorizado tanto en productos cárnicos curado-madurados como en cocidos, así como en platos a base de cereales.

En el Anexo del citado Reglamento se recogen las condiciones de uso del nuevo alimento (categoría específica de alimentos en los que se puede utilizar, contenido máximo, requisitos específicos de etiquetado, etc.).Cuando, al añadirse el nuevo alimento a un producto final, esto dé lugar a una cantidad de magnesio y/o potasio que se considere significativa de conformidad con el anexo XIII, parte A, punto 2, del Reglamento 1169/2011, se indicará la cantidad de magnesio y/o potasio en la información nutricional.

Enlace documento en el Diario Oficial de la Unión Europa:

El 14 de julio de 2025 la FDA otorgó la autorización para el uso de Gardenia Blue, un colorante natural derivado del genipin de la fruta de Gardenia jasminoides, en alimentos como bebidas deportivas, aguas aromáticas, tés listos para consumir y caramelos blandos y duros. 

Esta acción forma parte de una iniciativa impulsada por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE.UU. (HHS), bajo la agenda «Make America Healthy Again», para eliminar de forma progresiva los colorantes sintéticos derivados del petróleo en los alimentos.

Resumimos a continuación el desarrollo y contenido técnico:

Al mismo tiempo, la FDA envió una carta a los fabricantes instándolos a acelerar el desecho del FD&C Red No 3, cuya eliminación total en alimentos debe completarse antes del 15 de enero de 2027, pero preferentemente antes de esa fecha. 

Gardenia Blue es el cuarto aditivo colorante de origen natural aprobado por la FDA en apenas dos meses, tras las autorizaciones para Galdieria extract blue, butterfly pea flower extract y calcium phosphate. Todos, origen natural o mineral blanco, son reinterpretados como alternativas seguras frente a los colorantes sintéticos. 

La evaluación se realizó conforme a la sección 721 de la Federal Food, Drug, and Cosmetic Act, considerando exposición dietética, toxicidad y literatura científica, asegurando un “riesgo aceptable de daño”.

Cerca del 40 % de la industria alimentaria en EE.UU. ya ha adoptado voluntariamente la eliminación de colorantes sintéticos.

Enlace a la publicación de la FDA: