El 20 de septiembre de 2020 la FDA anunció la regla propuesta por la FSMA: “Establecimiento de requisitos adicionales para el mantenimiento de registros de trazabilidad para determinados alimentos”. La regla propuesta forma parte del Plan de la FDA para la Nueva Era de Seguridad Alimentaria Inteligente y se implementaría en la Sección 204 de la Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria de la FDA (FSMA). Los requisitos de esta norma estarían destinados a facilitar el seguimiento rápido y eficaz de la trazabilidad de los alimentos a lo largo de la cadena de suministro, para prevenir o mitigar un brote de enfermedades transmitidas por éstos.
¿Qué grupos de alimentos estarían sujetos a dicha regla?
La FDA ha publicado un borrador que incluye una “Lista de trazabilidad de alimentos” (FTL) donde se describen los alimentos que estarían sujetos a los requisitos propuestos. En esta lista se incluyen vegetales de hoja verde, frutas y verduras recién cortadas, algunos tipos de pescado, huevos con cáscara, mantequilla de frutos secos y más. Como se indica en la regla propuesta, los requisitos adicionales de mantenimiento de registros no solo aplican a los alimentos específicamente enumerados en la lista, sino que también incluyen aquellos productos que contienen alimentos de la lista como ingredientes.
Quesos distintos de los quesos duros |
Mantequilla de frutos secos (sin incluir mantequilla de soja o semillas) |
Huevos con cáscara |
Verduras de hoja verde, incluidas las verduras de hoja recién cortadas |
Hierbas aromáticas |
Melón |
Pimiento |
Frutas de árboles tropicales |
Tomate |
Coles |
Frutas y vegetales recién cortados |
Pescado, incluyendo pescado ahumado (no incluye peces siluriformes) |
Crustáceos |
Moluscos y bivalvos |
Ensaladas delicatesen listas para comer |
¿Qué criterios se han seguido para incluir los alimentos en la lista?
Para determinar qué alimentos deben incluirse en la FTL, la FDA desarrolló un modelo de clasificación de riesgo para la trazabilidad de alimentos (“the Model”).
Este modelo se basa en factores que el Congreso identificó en la Sección 204 de la FSMA. En él se califica los productos peligrosos de acuerdo con los datos e información relevante basados en 7 criterios que son descritos en el informe “Enfoque metodológico para desarrollar un modelo de clasificación de riesgos para la sección 204 del FSMA de trazabilidad de alimentos”:
- Frecuencia de brotes y aparición de enfermedades.
- Gravedad de las enfermedades.
- Probabilidad de contaminación.
- Potencial de crecimiento de patógenos, teniendo en cuenta la vida útil.
- Probabilidad de contaminación durante el proceso de fabricación e intervención de toda la industria.
- Tasa de consumo y cantidad consumida.
- Coste de la enfermedad.
La regla propuesta, así como el borrador de la “Lista de trazabilidad de alimentos” estarán disponibles 120 días a partir de la fecha de publicación de forma pública para cualquier comentario. La FDA también llevará a cabo tres reuniones públicas durante el periodo de estos comentarios, y las conclusiones sobre estas se proporcionarán en un próximo anuncio.
Si necesitas ayuda personalizada, no dudes en consultar nuestra web Estandar, gestión alimentaria y contactar con nuestro departamento de consultoría llamando al 986 120 140 o mandando un correo al email: estandar@estandar-ga.es.
Dpto Técnico