NOVEDADES LEGISLATIVAS (JUNIO 2022)

NOVEDADES LEGISLATIVAS (JUNIO 2022)

  1. Actualización del programa plurianual de control de plaguicidas (2023-2025)
  2. Se suspenden las evaluaciones de cannabidiol como nuevo alimento.
  3. Advertencia de seguridad sobre las monacolinas procedentes del arroz fermentado con levadura roja (Reglamento (UE) 2022/860)
  4. Nueva Ley de desperdicio alimentario

ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA PLURIANUAL DE CONTROL DE PLAGUICIDAS (2023-2025)

La Comisión Europea ha aprobado el Reglamento de Ejecución 2022/741,  que actualiza el programa plurianual coordinado de control de la UE destinado a garantizar el respeto de los límites máximos de residuos de plaguicidas en los alimentos de origen vegetal y animal, para el periodo 2023-2025.

–  Durante los años 2023, 2024 y 2025, los Estados miembros tomarán y analizarán muestras de la combinación de plaguicidas y productos indicados en el anexo I. El número de muestras de cada producto que deben tomarse y analizarse se establece en el anexo II.

–  A más tardar el 31 de agosto de cada año, los Estados miembros deben presentar la información relativa al año civil anterior.

–  Cuando la definición de un residuo de plaguicida incluye otras sustancias activas, metabolitos o productos de degradación o reacción, tales compuestos deben notificarse por separado, siempre que se midan individualmente

–  Este Reglamento deroga Reglamento de Ejecución (UE) 2021/601 para evitar cualquier confusión que pudiera generar la superposición de programas plurianuales consecutivos, no obstante, debe seguir aplicándose a las muestras analizadas en 2022.

 

SE SUSPENDEN LAS EVALUACIONES DEL CANNABIDIOL COMO NUEVO ALIMENTO.

La EFSA ha recibido, de momento, 19 solicitudes para el uso de cannabidiol (CBD) como nuevo alimento y algunas más aún pendientes de tramitación, pero, por ahora, los científicos no pueden establecer la seguridad del CBD  como nuevo alimento debido a la falta de datos y a las incertidumbres sobre los posibles peligros derivados de la ingesta de CBD. Aunque subrayan que, en este momento, tampoco han llegado a la conclusión de que el CDB sea un alimento no seguro.

No se dispone de datos suficientes sobre el efecto del CBD en el hígado, el tracto gastrointestinal, el sistema endocrino, el sistema nervioso y el bienestar psicológico de las personas.

El cannabidiol es una sustancia que se obtiene de la planta Cannabis sativa L. y que también puede sintetizarse químicamente. La Comisión Europea considera que el CDB podría considerarse un nuevo alimento si cumple los requisitos que establece la legislación de la UE sobre nuevos alimentos.

 

ADVERTENCIA DE SEGURIDAD SOBRE LAS MONACOLINAS PROCEDENTES DEL ARROZ FERMENTADO CON LEVADURA ROJA (REGLAMENTO (UE) 2022/860)

Dado que la Autoridad sanitaria detectó un riesgo de efectos adversos debidos a la interacción con medicamentos, es necesario advertir a las personas que toman medicamentos reductores del colesterol de que deben evitar el uso concomitante de alimentos que contengan monacolinas procedentes del arroz fermentado con levadura roja. La Autoridad señaló que el perfil de efectos adversos del arroz fermentado con levadura roja era similar al de la lovastatina, por lo que conviene advertir a los consumidores de que deben buscar asesoramiento médico si experimentan algún problema de salud.

El arroz fermentado con levadura roja se obtiene por fermentación de arroz con levaduras, principalmente Monascus purpureus, que produce monacolinas, de las cuales la más abundante es la monacolina K. Esta se utiliza tradicionalmente en China como colorante alimentario y como remedio tradicional para facilitar la digestión y la circulación sanguínea.

En la UE, su uso como colorante alimentario no está autorizado, ya que no figura en la lista de la Unión del Reglamento (CE) 1333/2008 sobre aditivos alimentarios. Los complementos alimenticios que contienen preparados de arroz fermentado con levadura roja se han comercializado y consumido en gran medida antes del 15 de mayo de 1997, por lo que no están sujetos al Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los nuevos alimentos.

El uso de preparados de arroz fermentado con levadura roja en otras categorías de alimentos está sujeto a una autorización con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283, relativo a los nuevos alimentos.

Sustancia sujeta a restricción Condiciones de uso Requisitos adicionales
«Monacolinas procedentes del arroz fermentado con levadura roja Una porción individual del producto para consumo diario contendrá menos de 3 mg de monacolinas procedentes del arroz fermentado con levadura roja. La etiqueta indicará el número de porciones individuales del producto correspondientes al consumo diario máximo y una advertencia de que no debe consumirse la cantidad diaria de 3 mg de monacolinas procedentes del arroz fermentado con levadura roja o más.

La etiqueta indicará el contenido de monacolinas por porción del producto.

La etiqueta incluirá las siguientes advertencias:

“No debe ser consumido por mujeres embarazadas o en período de lactancia, niños y adolescentes menores de 18 años ni adultos mayores de 70 años”;

“Si experimenta algún problema de salud, consulte a su médico sobre el consumo de este producto”;

“No debe consumirse junto con medicación para reducir el colesterol”;

“No debe consumirse si ya se consumen otros productos que contienen arroz fermentado con levadura roja”.».

 

 

APROBADO EL NUEVO PROYECTO DE LEY DE DESPERDICIO ALIMENTARIO

El 7 de junio el Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer un mejor aprovechamiento de éstos.

La ley trata de fomentar buenas prácticas desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección de los alimentos, hasta los consumidores, bien en el hogar o en bares y restaurantes, ya que el desperdicio de alimentos se produce a lo largo de todas las fases de la cadena.

La Ley establece:

  • Que todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. El objetivo es que las empresas de la cadena hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos, para los que se fija una jerarquía de prioridades.

 

  • Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido –salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares-. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.

 

  • Se deberá incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo a la jerarquía de prioridades de uso.

 

  • se incentivará que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad de los mismos y se promoverá la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.

Régimen sancionador establece:

  • Falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros.

 

  • Infracciones leves no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos o que las industrias, empresas de distribución al por menor, de hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de aquellos productos no vendidos que son aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio.

 

  • En el caso de las empresas y entidades de iniciativa social que sean receptoras de las donaciones, se considerará infracción leve que no entreguen los excedentes a personas desfavorecidas, o que establezcan algún tipo de discriminación en el acceso al reparto de alimentos.