España aprueba la primera ley contra el desperdicio alimentario
Nuestra principal noticia de actualidad en abril es que el Gobierno de España ha aprobado la Ley 1/2025. Una ambiciosa norma que busca prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria. Con esta ley España se suma a los países pioneros en legislar contra el despilfarro alimentario, alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
La norma obliga a productores, distribuidores, comercios, hostelería y hogares a aplicar medidas concretas para reducir los residuos alimentarios, priorizando la prevención y la donación. Se establece como meta reducir un 50 % del desperdicio per cápita en venta minorista y consumo doméstico, y un 20 % en producción y distribución antes de 2030.
Además, se impulsa la donación de excedentes con garantías de seguridad y trazabilidad, se exigirá a empresas tener planes de prevención, y se promoverán campañas de sensibilización. La ley incluye también un régimen sancionador, con multas por incumplimiento.
Esta legislación busca fomentar una economía circular, reducir la huella de carbono del sistema alimentario y mejorar el acceso a alimentos por parte de sectores vulnerables.
Os dejamos la ley descargable en el siguiente enlace.
Modificación de los límites de residuos en alimentos de lactantes
La Comisión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2025/666, publicado el 7 de abril de 2025, que modifica las condiciones de uso de aditivos alimentarios a base de celulosa, en respuesta a los últimos dictámenes científicos de la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria).
El cambio más destacado afecta a la carboximetilcelulosa sódica (E 466), tras constatarse falta de datos suficientes para garantizar su seguridad en alimentos destinados a lactantes menores de 16 semanas y en productos para usos médicos especiales. La EFSA ha advertido que no puede confirmar su inocuidad para estos grupos vulnerables.
Además, el reglamento revisa los límites máximos permitidos de contaminantes como arsénico, plomo, mercurio y cadmio en varios aditivos derivados de la celulosa. El objetivo es reducir la exposición de la población a estos elementos tóxicos a través de los alimentos.
La carboximetilcelulosa es un aditivo espesante y estabilizante ampliamente utilizado en productos procesados, obtenido a partir de celulosa modificada químicamente.
En cuanto a los límites específicos de metales pesados en la carboximetilcelulosa sódica (E 466), el Reglamento (UE) 2025/666 establece los siguientes valores:
- Arsénico: 1 mg/kg
- Plomo: 2 mg/kg
- Mercurio: 1 mg/kg
- Cadmio: 1 mg/kg
Estos límites representan una reducción significativa en comparación con los valores anteriores, que eran:
- Arsénico: 3 mg/kg
- Plomo: 5 mg/kg
- Mercurio: 1 mg/kg
- Cadmio: 1 mg/kg
La reducción en los límites de arsénico y plomo refleja una mayor preocupación por la exposición a estos metales pesados y su potencial impacto en la salud humana.
Para más información, puedes consultar a continuación el texto completo del Reglamento (UE) 2025/666:
La UE autoriza nuevos aditivos para alargar la vida útil de frutas frescas y mandioca
El Reglamento (UE) 2025/651, con entrada en vigor el 22 de abril de 2025, autoriza el uso de nuevos aditivos como agentes de recubrimiento en frutas frescas y mandioca. Con ello, la Comisión Europea busca preservar la calidad, alargar la conservación y reducir el desperdicio alimentario.
Entre los aditivos aprobados se encuentran los monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos (E 471), cera de carnauba (E 903), lecitinas (E 322) y ácidos grasos (E 570). Estos podrán aplicarse en la superficie de frutas como kiwis, maracuyás, manzanas, peras, tomates, pimientos y mandioca, sin migrar a la parte comestible.
Estos recubrimientos permiten:
- proteger los productos durante el transporte desde zonas tropicales
- asegurar su frescura
- reducir las pérdidas económicas y medioambientales por deterioro.
Además, su uso no compromete la seguridad alimentaria.
Hasta ahora, el uso de estos aditivos no estaba autorizado para frutas frescas ni mandioca. El nuevo reglamento amplía sus usos específicamente para estos productos, respondiendo a la necesidad del sector de extender la vida útil sin añadir residuos en el alimento consumido.
Os dejamos aquí el enlace al reglamento:
Alerta mensual de fraude alimentario: el aceite de oliva y los vinos, en el punto de mira
El informe de fraude alimentario de febrero de 2025 (último publicado) de la Comisión Europea confirma una preocupante continuidad en las prácticas ilícitas dentro de la cadena alimentaria mundial. Contrabando, adulteración, falsificación documental, etiquetado engañoso y falta de trazabilidad siguen siendo los delitos más comunes.
Los productos más afectados este mes incluyen:
- Aceite de oliva, intervenido en Italia, Brasil y Túnez por falsificación y ausencia de trazabilidad.
- Leche y derivados, adulterados o sin garantías sanitarias en México, Italia y Yemen.
- Pescado y marisco, sin documentación o en condiciones insalubres, con casos en Italia, EE. UU. y Asia.
- Bebidas alcohólicas, modificadas químicamente o introducidas de forma ilegal en Colombia, Rumanía y Reino Unido.
- Carnes, sin trazabilidad o almacenadas de forma inadecuada, con incidentes en España, Bolivia y Reino Unido.
- Vinos, con una red desmantelada en España por vender productos falsificados con denominación de origen.
- Cacao, café y especias, afectados por contrabando o adulteración en República Dominicana, Ghana, Cuba, India y Pakistán.
Ten en cuneta este report en tu análisis de vulnerabilidad de Food Fraud dentro de la certificación de IFS/BRC de tu empresa.
¿Qué destaca este mes?
La aparición destacada del aceite de oliva y los vinos en redes internacionales de fraude, productos habitualmente considerados de alta calidad, pone de relieve la necesidad urgente de reforzar controles y trazabilidad. El informe vuelve a insistir en la importancia de la supervisión internacional coordinada y la formación en Food Fraud y Food Defense.
Modificación de la DOP jamón/paleta de Teruel
En el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 14 de abril se ha publicado una modificación, de menor importancia, del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Jamón de Teruel / Paleta de Teruel».
El Jamón de Teruel está reconocido como DOP desde el año 1983, incluyéndose más adelante, en 2014, la Paleta de Teruel.
La zona de producción (crianza, sacrificio y despiece de los cerdos) de la citada DOP está
constituida por la provincia de Teruel, y dentro de esta, la zona de elaboración de los
jamones y paletas curadas está constituida por aquellos términos municipales cuya altitud
media no sea inferior a 800 metros, siempre que el secadero se encuentre a una altitud
igual o superior a 800 metros sobre el nivel del mar.
Nuevo alimento aprobado en la UE: harina de setas tratada con radiación UVA y rico en vitamina D2
La Comisión Europea ha autorizado, mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/691, la comercialización de “harina de setas tratada con radiación ultravioleta” como nuevo
alimento. Este ingrediente, rico en vitamina D2, ha sido avalado por la EFSA como seguro
para el consumo general, excluyendo a lactantes y niños pequeños.
El ingrediente, desarrollado por la empresa “Luxidum GmbH”, destaca por su potencial
funcional como fuente vegetal y natural de vitamina D, especialmente útil para prevenir
deficiencias nutricionales. La EFSA ha validado su seguridad tras revisar estudios sobre su
producción, estabilidad y toxicología.